Por qué los radiofísicos españoles no realizan el mantenimiento de los equipos que controlan

Sumario:

Hace unos días el oncólogo radioterápico Luis Pérez Romasanta se hacía eco de un tuit que anunciaba las más de 500 tareas programadas de mantenimiento que el Departamento de Física Médica e Ingeniería de los Leeds Teaching Hospitals británicos realizaban en sus doce aceleradores lineales de radioterapia para reflexionar sobre por qué los radiofísicos españoles […]

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Hace unos días el oncólogo radioterápico Luis Pérez Romasanta se hacía eco de un tuit que anunciaba las más de 500 tareas programadas de mantenimiento que el Departamento de Física Médica e Ingeniería de los Leeds Teaching Hospitals británicos realizaban en sus doce aceleradores lineales de radioterapia para reflexionar sobre por qué los radiofísicos españoles no realizamos dicho mantenimiento.
https://twitter.com/LuisAlberto3P/status/1002557136868651008

El razonamiento que subyacía bajo la pregunta, según se podía seguir en la línea temporal de twitter, era que disponiendo que los radiofísicos realizaran tales tareas se paliaban las esperas que se producen mientras los profesionales autorizados por los fabricantes se desplazan desde sus oficinas u otros hospitales hasta los servicios de radioterapia que requieren la intervención.
Algunos de nuestros colegas le contestaron con algunos argumentos claros aunque constreñidos por la obligatoria concisión del microblogging. Otros, sin embargo, llegaron a dudar, condicionados seguramente por la inmediatez que promueve la red social y por la buena fe y el espíritu servicial tradicionales del radiofísico español, que a veces causa que busque soluciones más allá de lo posible para asegurar el tratamiento de los pacientes.
Me quedaron a mí ganas de dar una respuesta también definitiva desde el ámbito competencial y normativo, que es donde más o menos se agotó el diálogo, cuando recordé que precisamente para estas cosas tenemos Desayuno con Fotones, con sus virtudes de macroblogging y su foro abierto tras cada entrada.
Así que la respuesta a la pregunta de por qué no realizamos tareas de mantenimiento de los equipos dotados de fuentes radiactivas o generadores de radiaciones ionizantes de los hospitales es porque no podemos, y no podemos porque no está entre nuestras competencias. Y ahora toca argumentarlo desde las fuentes apropiadas, porque está claro que cualquiera dotado de un destornillador y del amplio significado del verbo poder en nuestra lengua podría —valga la redundancia— intervenir en un equipo de esas características, pero claro está que eso no es deseable ni admisible.
¿Por qué no podemos? El camino hacia la respuesta más clara se señala en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en su disposición adicional tercera en la que se dice que el especialista en Radiofísica Hospitalaria se corresponde con el experto en física médica de la Directiva 97/43/Euratom. Como dicha norma ha quedado derogada tras la aprobación de la Directiva 2013/59/Euratom, tendremos que recurrir a esta última, en concreto a su artículo cuarto, para encontrar la definición normativa:
«Experto en física médica»: persona o, si así lo dispone la legislación nacional, grupo de personas con los conocimientos, formación y experiencia para actuar o asesorar en cuestiones relacionadas con la física de la radiación aplicada a la exposición médica, y cuya competencia a tal efecto está reconocida por la autoridad competente.
Más adelante, en el artículo número 83 de la directiva encontramos desarrolladas las funciones del experto en física médica:
1. Los Estados miembros exigirán que el experto en física médica actúe o aporte asesoramiento especializado, según proceda, en relación con las materias relativas a la física de la radiación, para aplicar los requisitos establecidos en el capítulo VII y en el artículo 22, apartado 4, letra c) de la presente Directiva [este apartado se refiere a la participación del experto en física médica en la justificación, optimización y protocolización de las exposiciones a radiaciones ionizantes de carácter médico o de carácter no médico pero llevadas a cabo con equipamiento médico-radiológico].
2. Los Estados miembros velarán por que, dependiendo de la práctica médico-radiológica, el experto en física médica asuma la responsabilidad de la dosimetría, incluidas las mediciones físicas para evaluar la dosis administrada al paciente u otras personas sometidas a exposición médica, asesore sobre el equipo médico-radiológico y contribuya en particular a lo siguiente:
a) la optimización de la protección radiológica de los pacientes y otras personas sometidas a exposición médica, incluidos la aplicación y el uso de niveles de referencia para diagnóstico,
b) la definición y realización de la garantía de calidad del equipo médico-radiológico,
c) prueba de aceptación del equipo médico-radiológico,
d) la preparación de las especificaciones técnicas del equipo médico-radiológico y del diseño de la instalación,
e) la vigilancia de las instalaciones médico-radiológicas,
f) el análisis de sucesos que conlleven o puedan conllevar exposiciones médicas accidentales o no intencionadas,
g) la selección del equipo necesario para realizar mediciones de protección radiológica,
h) la formación de los profesionales sanitarios habilitados y otro personal en aspectos pertinentes de la protección radiológica.
3. El experto en física médica colaborará, cuando proceda, con el experto en protección radiológica
¿Y qué dice la legislación nacional? Las funciones de los especialistas en Radiofísica hospitalaria quedan delimitadas por los reales decretos:

Básicamente nuestras funciones engloban el asesoramiento, el control de calidad y la dosimetría.
Así que como se ha visto, en ninguna norma que defina nuestras competencias se dice que el radiofísico sea el profesional que diseñe, modifique o repare un equipo de uso médico que albergue una fuente radiactiva o que genere radiaciones ionizantes; sí que se ordena en cambio, que comprobemos su funcionamiento adecuado.

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